S.O.S
Periodistas
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Con fecha 12 de mayo de 2009, mediante Resolución Administrativa Nº 111 – 2009 – CE - PJ, se aprobó el “cuadro de valores de los aranceles judiciales para el ejercicio gravable del año 2009”. En la referida resolución se establece que los actos procesales por querellas se sujetarán al citado pago de aranceles; cuya primera disposición complementaria expresamente señala que los magistrados están obligados a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en dicha resolución bajo responsabilidad.
Ejemplo, si un cuestionado personaje, empresario o autoridad política, con el pretexto de que ha sido “ofendido en su honor” querella con el objetivo de silenciar o amedrentar algún periodista o comunicador social y solicita se le pague una reparación civil de S/. 700.000 Nuevos soles; el querellado si en la absolución de la misma ofrece medios probatorios para acreditar que lo que ha informado se ajusta a la verdad tendrá que adjuntar un arancel judicial de S/ 159.75 nuevos soles, sin contar las cédulas de notificación cuyo costo es de S/. 3.65 cada una; y si ofrece un testigo, ejemplo, que viva en Tumán, tendrá que pagar por exhorto S/. 35.50, si vive en otro distrito judicial, ejemplo Piura, pagará S/ 71.00; y si radica en el extranjero, S/. 177.50. Por derecho de apelación, S/. 639.00. Por recurso de nulidad y casación a Lima S/. 1,597.50.
Los montos mencionados serán pagados si la cuantía de la querella llega hasta dos mil URP (Unidad de Referencia Procesal). Pero, si la pretensión es mayor a tres mil URP, es decir, si en represalia el querellante se le ocurre pedir se le pague una reparación civil ascendente a cinco millones de soles, el querellado (periodista), tendrá que pagar por ofrecimiento de pruebas la suma de S/. 479.25; recurso de apelación S/ 1,650.75; por recurso de nulidad y casación S/. 4,615.00 nuevos soles.
Mi pregunta es, ¿Algún periodista en nuestra región estará en las posibilidades económicas de pagar estas elevadísimas tasas judiciales, si algún poderoso y mafioso personaje público lo querella?. Ahora entiendo al Romano Alcibíades que no era un bobo, cuando decía: “Si un hombre es llamado por la justicia, comete una necedad al comparecer, pues la cordura está en desaparecer”. Un parisiense que seguramente sabia tanto como Alcibíades, se gozaba en repetir: “Si me acusaran de haberme robado las torres de nuestra señora, yo emprendería la fuga”. Manuel Gonzáles Prada, haciendo suyo los pareceres de estos dos personajes temerosos de la corrupción existente también en esos tiempos y en todos los tiempos en los administradores de la justicia, decía también a los ciudadanos peruanos, “Si se viesen enredados en una acusación criminal, compulsaran su estado financiero y hallaran que no disponen de lo suficiente para inclinar la balanza, deberíamos hacer lo mismo”. Yo, en mi condición de un humilde periodista sugiero a cada uno de mis colegas que si se viesen querellados por algún corrupto personaje, revisen primero su billetera y si hallan que no disponen de lo suficiente para pagar las excesivas tasas judiciales por ofrecimiento de pruebas (de acuerdo a la cuantía), cédulas de notificación, exhortos, entre otras tasas judiciales, para enfrentar al mafioso supuestamente ofendido en su honor, mejor será que respiren hondo y con la conciencia limpia marchen con paso firme directo al cadalso de la prisión.
Ejemplo, si un cuestionado personaje, empresario o autoridad política, con el pretexto de que ha sido “ofendido en su honor” querella con el objetivo de silenciar o amedrentar algún periodista o comunicador social y solicita se le pague una reparación civil de S/. 700.000 Nuevos soles; el querellado si en la absolución de la misma ofrece medios probatorios para acreditar que lo que ha informado se ajusta a la verdad tendrá que adjuntar un arancel judicial de S/ 159.75 nuevos soles, sin contar las cédulas de notificación cuyo costo es de S/. 3.65 cada una; y si ofrece un testigo, ejemplo, que viva en Tumán, tendrá que pagar por exhorto S/. 35.50, si vive en otro distrito judicial, ejemplo Piura, pagará S/ 71.00; y si radica en el extranjero, S/. 177.50. Por derecho de apelación, S/. 639.00. Por recurso de nulidad y casación a Lima S/. 1,597.50.
Los montos mencionados serán pagados si la cuantía de la querella llega hasta dos mil URP (Unidad de Referencia Procesal). Pero, si la pretensión es mayor a tres mil URP, es decir, si en represalia el querellante se le ocurre pedir se le pague una reparación civil ascendente a cinco millones de soles, el querellado (periodista), tendrá que pagar por ofrecimiento de pruebas la suma de S/. 479.25; recurso de apelación S/ 1,650.75; por recurso de nulidad y casación S/. 4,615.00 nuevos soles.
Mi pregunta es, ¿Algún periodista en nuestra región estará en las posibilidades económicas de pagar estas elevadísimas tasas judiciales, si algún poderoso y mafioso personaje público lo querella?. Ahora entiendo al Romano Alcibíades que no era un bobo, cuando decía: “Si un hombre es llamado por la justicia, comete una necedad al comparecer, pues la cordura está en desaparecer”. Un parisiense que seguramente sabia tanto como Alcibíades, se gozaba en repetir: “Si me acusaran de haberme robado las torres de nuestra señora, yo emprendería la fuga”. Manuel Gonzáles Prada, haciendo suyo los pareceres de estos dos personajes temerosos de la corrupción existente también en esos tiempos y en todos los tiempos en los administradores de la justicia, decía también a los ciudadanos peruanos, “Si se viesen enredados en una acusación criminal, compulsaran su estado financiero y hallaran que no disponen de lo suficiente para inclinar la balanza, deberíamos hacer lo mismo”. Yo, en mi condición de un humilde periodista sugiero a cada uno de mis colegas que si se viesen querellados por algún corrupto personaje, revisen primero su billetera y si hallan que no disponen de lo suficiente para pagar las excesivas tasas judiciales por ofrecimiento de pruebas (de acuerdo a la cuantía), cédulas de notificación, exhortos, entre otras tasas judiciales, para enfrentar al mafioso supuestamente ofendido en su honor, mejor será que respiren hondo y con la conciencia limpia marchen con paso firme directo al cadalso de la prisión.
Públicado el 23 de agosto de 2009, en el Diario El Correo.