lunes, 16 de mayo de 2011

Juez Jorge Luis Llanos Tello:

Espectorado por el Consejo Nacional de la Magistratura por incapaz e indisciplinado

Jorge Luis Llaqnos Tello
Ojala no resulte trabajando para algún socio del CLAN puesto que sus controvertidas resoluciones siempre favorecieron a este grupo de poder en la empresa Agro Pucalá.

'''Los continuos clamores de los litigantes lambayecanos en alguna forma están surtiendo efecto, ya que los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, entidad encargada de nombrar y sacar jueces de acuerdo a la Constitución Política del Perú, giraron sus cabezas hacia la Corte de Justicia de Lambayeque, y en un acto de justicia expectoraron al doctor Jorge Luis Llanos Tello, Juez que fue sacado de la ciudad de Cutervo por las Rondas Campesinas cuando en el mes de mayo del año 2009 “clausuraron” las instalaciones judiciales, pero por cuestiones del destino ancló en un juzgado Civil de Chiclayo donde habría continuado con sus desaciertos.

Ya el dedo había sido bajado por los Consejeros del CNM el pasado 10 de enero cuando no fue ratificado y se mantuvo en el cargo gracias a un Recurso Extraordinario, pero ayer mediante la Resolución Nº 2060-20011 PCNM definitivamente fue separado del Poder Judicial peruano.

Dentro de los considerandos de la mencionada resolución se hacia conocer:

a) Al magistrado evaluado se le ha impuesto las medidas disciplinarias de una suspensión de 30 días, 2 multas del 10 % de su haber mensual y 2 apercibimientos por irregularidades e infracción a sus deberes, registra 31 quejas de las cuales 8 se encuentran en trámite y son valoradas bajo el principio de licitud, 18 tienen la condición de abierto y 5 han sido declarados improcedentes, asimismo registra 5 investigaciones de las cuales 3 en condición de abierto y 2 no precisa su estado;

b) En relación a la Participación Ciudadana, se ha recibido 5 escritos que cuestionan su conducta e idoneidad, en su descargo y entrevista pública ha sido interrogado, el magistrado ha señalado que tales denuncias se deben a la discrepancia con su función jurisdiccional.

Sin embargo una de ellas esta referido a una denuncia interpuesta por la Procuraduría de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por haber contravenido jurisprudencia obligatoria establecida por el Tribunal Constitucional en la sentencia emitida en el Exp. N° 7320-2005-PA/TC de 23.02.2006, aspecto que ha sido aceptado y no debidamente esclarecido por el evaluado en su audiencia pública, sin embargo, se advierte que no ha presentado sus declaraciones juradas correspondiente a los años 2005 y 2010.

-Que, de lo actuado en el proceso de evaluación y ratificación ha quedado establecido que el doctor Jorge Luís Llanos Tello muestra factores negativos que cuestionen su ejercicio funcional; en el rubro conducta presenta deficiencias incompatibles con los requerimientos de la ciudadanía, habiendo recibido un número significativo de medidas disciplinarias impuestas por diversas causales en su actuación jurisdiccional; asimismo poco interés por capacitarse, además de notoria debilidad en los conocimientos básicos que debe ostentar para ejercer la función, lo que quedó evidenciado en el acto de la entrevista personal.

Por lo que el pleno del Consejo Nacional de la Magistratura integrado por los consejeros Gonzalo García Núñez, Luis Naezono Yamashita, Gastón Soto Vallenas, Vladimir Paz De La Barra, Luz Marina Guzmán Díaz, Pablo Talavera Elguera y Máximo Herrera Bonilla.

RESUELVE:

Primero.- No Renovar la confianza al doctor Jorge Luís Llanos Tello y, en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Juez Especializado en lo Civil de Chiclayo del Distrito Judicial de Lambayeque.

Esperamos que algunos de los cuestionados magistrados de la Corte de Lambayeque pongan las barbas en remojo, ya que esta apareciendo una luz al final del túnel de la corrupción, y que magistrados que administran justicia a favor de las poderosas entidades bancarias, comerciantes o amigos deben ser separados de la sagrada misión que les encomienda el pueblo. '''

Públicado por DESTAPE: